Cuando un afiliado sufre una disminución parcial, pero definitiva en alguna o algunas de sus facultades para realizar su trabajo habitual. Se reconoce una indemnización, cuando esta disminución es igual o superior a un 5% y pequeño que un 50%. Le corresponde al trabajador independiente afiliarse y satisfacer la totalidad https://milesd959izl9.wikitron.com/user