En conclusión, varias de las entidades consultadas señalan que el empleador o contratante no puede omitir su obligación de cumplir con la normatividad vivo en riesgo psicosocial, razón por la que debe entender la Circular 064 de 2020 de forma complementaria a dichas normas. Más específicamente, son las condiciones https://bateriaderiesgopsicosocial.com.co/aspectos-psicosociales/